
La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) avala la obligación de vestir faldas, cofias y delantal impuesta por Clínicas Pascual a las enfermeras de sus centros al considerar que responde a "consideraciones organizativas con la finalidad de dar a la clientela una buena imagen de la empresa". El alto tribunal andaluz desestima en un auto publicado el pasado miércoles el conflicto colectivo presentado en julio por Comisiones Obreras por la presunta discriminación sexual, violación del derecho a la dignidad y a la seguridad e higiene en el Hospital San Rafael de Cádiz.
Comisiones ya ha anunciado el recurso del auto ante el Tribunal Supremo
En su sentencia, el TSJA, recuerda que en los convenios colectivos de los siete centros hospitalarios de José Manuel Pascual Pascual en Andalucía, se recoge el uso de faldas para el personal femenino desde hace 15 años, "sin que haya sido denunciado en ninguna de las negociaciones"."No se puede afirmar, razonablemente, en el contexto y circunstancias laborales en las que ha sido tomada la medida empresarial, que el uso de una falda, que según la testifical practicada es por debajo de la rótula, exigida a dichas empleadas y que no alcanza su vida privada, viole los derechos al honor, la intimidad y a la propia imagen", sostiene el tribunal en su auto. La Sala del TSJA tampoco considera que el uniforme de falda, delantal y cofia sea contrario a la seguridad e higiene de las trabajadoras ni que signifique desventaja alguna a la hora de protegerse de "rozamientos, exposición a ruidos, vibraciones o radiaciones".
Una vez conocido el fallo, el abogado de la empresa denunciada, Martín José García, advirtió ayer de que su cliente "ya puede actuar conforme a la legalidad cuando se incumpla la normativa sobre la vestimenta" y que las personas que desoigan la directriz "sabrán a qué atenerse".
El pasado mes de marzo, enfermeras y auxiliares de la clínica San Rafael en Cádiz comenzaron una serie de movilizaciones contra la normativa del centro que las obliga a vestir falda y delantal en lugar del traje de pantalón y camisa utilizado en la mayoría de los hospitales. La dirección de la clínica llegó a retirar el plus de productividad -unos 30 euros mensuales- a un grupo de enfermeras que decidió vestir el pijama que utilizan sus colegas masculinos. Las trabajadoras alegaron "un claro incumplimiento de la Ley de Igualdad" vigente en España, y ante la negativa de la empresa de cambiar la normativa interna de vestuario, el sindicato CC OO decidió acudir a la vía judicial.
Por su parte, la central sindical insistió ayer en la validez de sus reclamaciones. Su secretario local en Cádiz, José Antonio Aparicio, declaró que el uso del uniforme de las enfermeras en los distintos hospitales del empresario José Manuel Pascual "es un caso de discriminación, aunque lo niegue el TSJA". El portavoz anunció la presentación de un recurso ante el Tribunal Supremo. Comisiones Obreras, tan sólo es mayoritario en el centro hospitalario San Rafael, en Cádiz. En los de El Puerto de Santamaría, Sanlúcar de Barrameda, Villamartín, Montilla, Huelva y Málaga, el sindicato con mayor representación entre los trabajadores es UGT.
Esta central sindical se ha desmarcado desde un primer momento de las denuncias de CC OO. La postura de UGT ha sido incluso utilizada por la Sala del TSJA, que llega a citar en un par de ocasiones la actitud del sindicato como elemento de apoyo a sus tesis favorables a la imposición para las enfermeras de vestir cofia, delantal y falda.
En un comunicado emitido ayer, la representación de UGT en las empresas Pascual precisó que la sentencia: "Hace justicia frente a la demagogia y el escándalo mediático de la representación minoritaria de CC OO". UGT valora que la decisión judicial se haya producido: "Al margen de la presión mediática de determinadas plataformas orquestadas, desde hace algún tiempo, para deteriorar la reputación de nuestro trabajo y de nuestra empresa".
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